La doble condena: ser mujer y ser militante en la dictadura argentina

Durante la última dictadura cívico-militar argentina (1976-1983), la violencia sexual no fue un hecho aislado ni un exceso de algunos represores descontrolados. Fue un método. Una herramienta planificada, sistemática, aplicada dentro de los centros clandestinos de detención con una lógica que iba mucho más allá de la tortura como mecanismo de obtención de información. Para entender por qué, hay que entender contra quiénes se ejercía y qué se buscaba decir con ese ejercicio de la violencia.

Las mujeres que militaban en organizaciones políticas, sindicales, estudiantiles o barriales durante los años previos al golpe cargaban, a los ojos del régimen, con una condición doble y agravada. No eran solo “subversivas”, esa categoría amplia y deliberadamente vaga con la que la dictadura justificó el secuestro, la tortura y el asesinato de miles de personas. Eran subversivas y mujeres. Y esa segunda condición no era un dato neutro: era una transgresión adicional que el régimen no estaba dispuesto a dejar sin castigo.

La dictadura no solo persiguió proyectos políticos. Persiguió un modelo de sociedad. Y en ese modelo, el lugar de la mujer estaba claramente delimitado: el hogar, la familia, la maternidad, la obediencia. Era un imaginario profundamente conservador, sostenido por la Iglesia Católica y los sectores más reaccionarios de las Fuerzas Armadas, que veía en la mujer que salía a la calle, que pensaba políticamente, que se organizaba con otros, una amenaza al orden natural de las cosas.

Cuando una mujer militaba, no solo desafiaba al Estado en términos políticos. Desafiaba también ese orden de género. Se había corrido del lugar que “le correspondía”. Y esa doble transgresión, política y de género, se combinaba dentro de los centros clandestinos de una manera brutal y específica. 

La periodista e investigadora Olga Wornat y Miriam Lewin, ambas sobrevivientes de los centros clandestinos de detención, reconstruyeron esta experiencia en su libro Putas y guerrilleras (Planeta, 2014). Wornat y Lewin documentan que esas dos palabras eran lo primero que escuchaban las mujeres en el momento del secuestro, y que se repetían durante los interrogatorios, las torturas y las violaciones. Para los represores, cualquier forma de participación política femenina era suficiente para merecer esa calificación. “Puta” y “guerrillera” funcionaban como sinónimos en la boca de sus captores: dos palabras que condensaban el mismo delito, el de ser una mujer que se había atrevido a ingresar en un territorio considerado netamente masculino y a rebelarse contra las injusticias.

Los testimonios de las víctimas relataron violaciones individuales y grupales, amenazas de violaciones, exhibición forzada, esclavitud sexual, embarazos y abortos forzados, mutilaciones, y partos en condiciones inhumanas, entre otros delitos sexuales cometidos en los centros clandestinos de detención. 

La violencia sexual que sufrieron las mujeres tenía una lógica de castigo que operaba en dos planos al mismo tiempo. En el primero, era un instrumento de tortura como cualquier otro: quebrar a la persona, humillarla, destruir su identidad. En el segundo plano, más específico y más político en su dimensión de género, era un mensaje: esto es lo que le pasa a una mujer que se sale de su lugar

En el marco del juicio a las Juntas militares en 1985, los abusos sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado fueron juzgados dentro del conjunto de padecimientos sufridos en cautiverio, calificados globalmente como “tormentos”. Este modo de calificar los hechos impedía reflejar la especificidad de la agresión sufrida por la víctima de los delitos sexuales.

El suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Rafael Molina, condenado en Mar del Plata.

En 2010, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó la primera condena en Argentina por delitos sexuales como delitos autónomos de lesa humanidad. El imputado Gregorio Rafael Molina, jefe de la Base Aérea de Mar del Plata, fue condenado por seis hechos constitutivos de violación cometidos en el centro clandestino conocido como “La Cueva”. Esa sentencia abrió el camino para que otros tribunales de todo el país comenzaran a juzgar estos crímenes con la especificidad que merecían.

En 2024, un fallo judicial reconoció por primera vez a mujeres trans y travestis como víctimas de delitos de lesa humanidad durante el terrorismo de Estado, en el marco de la “Causa Brigadas”. La fiscalía explicó que “eran consideradas enemigas” por la dictadura al salirse de las normas sexogenéricas, lo que implicó que sufrieran violencias diferenciales por sus identidades de género. La historia de la violencia de género en la dictadura sigue ampliándose a medida que la justicia incorpora perspectiva y nuevas voces.

Audiencia histórica en el Juicio “Brigadas”: por primera vez declararon sobrevivientes travestis de la dictadura

Reconocer la violencia sexual como crimen autónomo, con su propia especificidad, no divide la memoria ni la fragmenta. La completa. Permite ver con mayor precisión el proyecto político que estaba detrás del terror: uno que no solo quería eliminar a quienes pensaban diferente, sino también restaurar un orden en el que las mujeres no tuvieran voz, ni presencia pública, ni cuerpo propio.

Ellas militaron. Fueron perseguidas por eso y por ser mujeres que militaban. Sufrieron una violencia que tenía nombre propio, aunque durante mucho tiempo nadie quisiera pronunciarlo. Pronunciarlo hoy, nombrarlo, sostener su historia, es parte de lo que significa Memoria, Verdad y Justicia.

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